Revocar a Maduro requeriría igualar los sufragios con los que fue elegido y ganar la elección
- Venezolanos en Miami.TV
- Feb 6, 2016
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Foto: Gettyimages ---
Una de las propuestas entregadas a la Asamblea Nacional presenta el posible proyecto para revocar al presidente Nicolás Maduro, sin embargo para lograr este cometido se requieren 7.585.579 votos válidos, ganar el referendo, entre otros factores Para poner en marcha este proceso y lograr que el presidente Maduro deje sus funciones como Primer Mandatario Nacional, se debe cumplir con una serie de requisitos, como por ejemplo, recoger en un lapso de tres días un total de 3.966.144 firmas y huellas, lo cual no sería de todo confiable porque el CNE siempre puede desecharlas por temas de legitimidad. Además, se necesita también un mínimo de 7.585.579 votos válidos en la consulta popular que lleve acabo el Consejo Nacional Electoral (CNE), esto porque se debe igualar la cantidad de sufragios con los que el presidente fue elegido en el año 2013. Según el artículo 72 de la Constitución Nacional “(…) cuando igual o mayor número de electores que eligieron al funcionario hubieren votado a favor de la revocación (…) se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en la ley”. En el año 2007 fueron aprobadas por los rectores de CNE las "Normas para regular los referendos revocatorios", en las cuales se estableció que para lograr que un funcionario de elección popular cese sus funciones, se requiere, además de lograr la misma cantidad de sufragios por los que fue electo, ganar la elección. Es así como, el artículo 200 de la referida norma establece: “Se considerará revocado el mandato si se cumplen las siguientes condiciones concurrentes: 1. Si el número de electores participantes en la jornada electoral representa, por lo menos, el veinticinco por ciento (25%) del total del cuerpo electoral; 2. Si el número de votos a favor de la revocatoria es igual o superior al número de votos de los electores que eligieron al funcionario revocable; 3. Si el número de votos a favor de la revocatoria resulta superior al número de electores que votaron en contra de la revocatoria.























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