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Gobierno no se puso de acuerdo sobre versiones de casa por cárcel a Leopoldo López

  • Foto: Composición Caraota Digital - Redacción:
  • Jul 9, 2017
  • 4 min read

Luego de que Leopoldo López recibiera una medida sustitutiva de arresto domiciliario por parte del Tribunal Supremo de Justicia, las diferentes instituciones del Estado se han encargado de explicar mediante distintas versiones, las razones por las cuales el líder opositor ya no se encuentra en Ramo Verde. La pregunta sería ¿Por qué?

Comenzamos con los argumentos:

Razones de casa por cárcel a Leopoldo López enfrentó versiones del Gobierno


Defensoría del Pueblo:

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Tarek William Saab, defensor del pueblo, aseguró que la medida sustitutiva de arresto domiciliario a Leopoldo López se ejecutó luego de que su esposa, Lilian Tintori, enviara un comunicado a dicha instancia.


“Yo me permito con el debido respeto mostrar una comunicación donde la ciudadana esposa de Leopoldo López, Lilian Tintori ,con su firma exigió una medida sustitutiva de arresto domiciliario” expresó Saab durante un comunicado en el canal del estado VTV.


Ministerio de la Defensa

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Vladimir Padrino López, como ministro de la Defensa, indicó que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre la medida sustitutiva de libertad de Leopoldo López fue “producto de la tolerancia, del diálogo, de la altura del presidente Maduro y los expresidentes“.


Indicó que en supuesto conversatorio entre la oposición, el oficialismo y los mediadores estuvieron presentes José Luis Rodríguez Zapatero (España), Leonel Fernández (República Dominicana) y Martín Torrijos (Panamá).


Tribunal Supremo de Justicia

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De acuerdo con información dada a conocer mediante la cuenta oficial del Tribunal Supremo de Justicia, @TSJ_Venezuela, el magistrado Maikel Moreno, presidente de dicha institución, otorgó una medida humanitaria ajustada a Derecho a Leopoldo López, debido a sus problemas de salud.


Análisis a dos voces:

“La respuesta a por qué tres fuentes gubernamentales diferentes dan tres versiones distintas sobre el traslado y cambio de sitio de reclusión de Leopoldo López estriba en la inexistencia del Estado de derecho, también a lo que entendemos como anarquía jurídica. Esto tiene por detrás la muestra de que las decisiones no la toman las instituciones sino las personas, y en este caso esta proviene directamente del presidente de la República sin pasar por las instituciones, los procesos, y los procedimientos ajustados a derecho de mano de las instituciones correspondientes”, explicó el Doctor en Ciencias Políticas, Daniel Varnagy.


De acuerdo con el abogado constitucionalista, Román Duque,”Maduro ha dicho que él concedió la medida en vista de un informe sobre el estado de salud de Leopoldo, cuando lo cierto es que quién la concedió fue el poder judicial. Esto lo que confirma es que el poder judicial está controlado por el Gobierno y que hace lo que este le pida”.


Sin embargo, el jurista explicó en siete pasos por qué la libertad condicional domiciliaria no corresponde a un favor de parte del Estado al líder opositor, sino a un derecho fundamental que tienen todos ciudadanos venezolanos bajo un proceso penal:


1

“No porque la otorgue un juez ilegítimo deja de ser un derecho del detenido, ni tampoco una obligación del poder judicial”

La sustitución de la privación de la libertad en prisión por la libertad condicional domiciliaria, como medida humanitaria, es un derecho fundamental que está por encima de cualquier formulismo o formalidad. No porque la otorgue un juez ilegítimo deja de ser un derecho del detenido, ni tampoco una obligación del poder judicial.

El aliviar las restricciones a la libertad es el valor superior que determina la medida, más allá de quien y cómo se otorgue. Tampoco es un favor. Es obligación para los jueces y un derecho humano. A Leopoldo se le reconoció su derecho fundamental de eliminar la prisión por otra medida sustitutiva, que si bien no es la de la libertad plena, disminuye la restricción más grave a ese derecho fundamental.

2

“Los Derechos fundamentales son inherentes a las personas”

Que un tribunal cuestionado en su legitimidad haya acordado una medida sustitutiva de privación de la libertad en prisión, siendo un derecho fundamental, no puede ser calificada como de convalidación de la ilegitimidad del tribunal ilegítimo; debido a que, los Derechos fundamentales son inherentes a las personas y no una gracia que dispensan los jueces.


3

“El Gobierno cambió su posición sobre Leopoldo: ahora es un criminal sin ningún estado de derecho”

Si el Gobierno a través del TSJ decidió por razones políticas que se le acuerde a Leopoldo la sustitución de la privación de la libertad en prisión por la de privación en el domicilio, ¿ello no significa también políticamente que cambió su posición de no considerar a Leopoldo como preso político, sino como un criminal sin ningún derecho?

4

“No existe condición alguna que impida la libertad de Leopoldo”

La libertad condicional de Leopoldo no impide seguir luchando por su libertad plena, o continuar resistiendo en la calle por esa libertad y la de otros presos políticos, porque no existe condición alguna que lo impida.

5

“Al Gobierno le afectó la presión internacional”

¿Es o no la medida humanitaria de Leopoldo un signo de un cambio en la actitud antidemocrática del Gobierno? Medidas de este tipo son propias de dictaduras para tratar de cambiar su imagen y no propiamente cambio de actitud. Pero ciertamente sí es un signo de que sí lo afectó la presión política nacional o internacional de considerar el Gobierno una dictadura que mantiene presos políticos.

6

“Arresto domiciliario de López se convierte en un ícono de la lucha por la democracia y de la resistencia”

La privación de la libertad domiciliaria de Leopoldo y no en prisión refuerza el liderazgo de la oposición y llena de mayor motivación al pueblo demócrata, para acudir a la consulta popular a la que se le ha convocado el 16 de julio. Lo convierte en un ícono de la lucha por la democracia y de la resistencia.


7

“Leopoldo sigue siendo un perseguido por razones políticas”

La medida sustitutiva acordada a Leopoldo no exonera la responsabilidad del Estado por la violación grave de la que han sido objeto sus derechos como perseguido por razones políticas.


Pese a las diferentes versiones de las Instituciones del país, es preciso resaltar que esta medida fue tomada a los 99 días de protestas continuas contra el presidente Nicolás Maduro.

 
 
 

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